Declaración de la renta paso a paso para estudiantes y primer empleo

La primera vez que haces la declaración de la renta, el proceso parece un laberinto: claves, referencias, borradores, casillas con números que no entiendes y un plazo que se acerca. La buena noticia es que, para la mayoría de estudiantes y personas en su primer empleo, es un trámite de 20-30 minutos, gratuito y que puedes hacer desde el móvil. Y a menudo, además, termina con una devolución.

En esta guía te llevamos paso a paso: qué necesitas antes de empezar, cómo acceder, cómo pedir y revisar el borrador, qué mirar en cada apartado, cómo funciona el pago o la devolución y qué errores evitar. Incluimos tres ejemplos reales de estudiantes y de primer empleo.

Resumen rápido: 1) comprueba si te conviene o debes declarar; 2) reúne documentos; 3) consigue acceso (Cl@ve, certificado o número de referencia); 4) consulta tus datos fiscales; 5) pide el borrador en Renta Web; 6) revisa y completa (domicilio, familia, pagadores, deducciones, IBAN); 7) presenta y guarda el justificante; 8) haz seguimiento de la devolución. La campaña de la renta 2025 fue del 8 de abril al 30 de junio de 2026.

Antes de empezar: ¿debes o te conviene declarar?

Si no estás seguro de si tienes obligación, mira primero nuestra guía sobre si estás obligado a hacer la declaración de la renta. En resumen:

  • Estarías obligado si superaste 22.000 € con un solo pagador, o 15.876 € con varios (cuando el segundo y siguientes suman más de 1.500 €), o tuviste ciertas rentas por encima de sus límites.
  • Aunque no estés obligado, suele convenir presentarla si te retuvieron IRPF (para recuperarlo) o si tienes deducciones aplicables (como las de alquiler para jóvenes de algunas comunidades).

Qué renta declaras: en la campaña de la primavera de 2026 se declaró el ejercicio 2025 (ingresos de enero a diciembre de 2025). Los ingresos de este año (2026) se declararán en la campaña de la primavera de 2027, cuyas fechas exactas se anunciarán a comienzos de ese año.

Qué necesitas tener a mano

Reunir todo antes te ahorra tiempo:

Documento o datoPara qué sirve
DNI o NIE (y su fecha de validez)Identificarte
Nóminas o certificado de retenciones de cada pagadorComprobar tus ingresos y lo retenido
Datos fiscales (los descargas de la Agencia Tributaria)Es lo que Hacienda ya sabe de ti
IBAN de tu cuenta (de la que seas titular)Recibir la devolución o domiciliar el pago
Datos familiaresSituación personal y, si procede, hijos
Contrato de alquiler y justificantes de pago (transferencias o recibos) y NIF del arrendadorDeducción autonómica por alquiler, si tu comunidad la ofrece
Certificados de aportaciones a planes de pensiones, si las hayReducción de la base imponible
Información de becas, prestaciones o ingresos extraDeclarar correctamente lo que corresponda
Datos de intereses o fondos, si tienesRendimientos del ahorro

Paso 1. Consigue tu acceso

Hay tres formas de identificarte en la web de la Agencia Tributaria. Elige la que te resulte más cómoda:

MétodoCómo funcionaCuándo conviene
Cl@ve (PIN o móvil)Sistema de identificación del Estado; se activa con la app o por SMSSi ya lo usas para otros trámites
Certificado digital o DNI electrónicoRequiere instalación y, en el caso del DNIe, un lector o el móvil con NFCSi ya lo tienes instalado
Número de referenciaUn código que obtienes en la Sede Electrónica identificándote con tus datos y verificando algunos datos adicionalesLa opción más rápida si no tienes ninguna de las anteriores

Consejos:

  • Hazlo antes de que empiece la campaña: el número de referencia y la consulta de datos fiscales suelen estar disponibles antes de que se abra la presentación (en 2026, desde marzo).
  • Es personal e intransferible: nunca compartas tus claves con terceros que te las pidan por correo o mensaje. Usa siempre la web oficial de la Agencia Tributaria (sede.agenciatributaria.gob.es).
  • Si te cuesta, puedes pedir ayuda con la atención telefónica o presencial (con cita previa): teléfonos 91 553 00 71 o 901 22 33 44.

Paso 2. Consulta tus datos fiscales

Los datos fiscales son la información que Hacienda ya tiene sobre ti: tus pagadores, lo que te pagaron, lo que te retuvieron, tus cuentas y otros datos que le envían empresas y entidades. Se consultan en la Sede Electrónica antes de hacer la declaración.

Qué comprobar:

  • Que aparezcan todos tus pagadores (cada empresa, el SEPE…).
  • Que los importes y retenciones coincidan con tus nóminas o certificados.
  • Que tus datos personales y de domicilio sean correctos.

Si algo no cuadra (por ejemplo, falta un pagador), no lo ignores: pide a la empresa que corrija o tú mismo lo incluirás al revisar el borrador.

Paso 3. Pide el borrador en Renta Web

El borrador es una declaración ya preparada con los datos que Hacienda tiene. Desde el 8 de abril (en la campaña de 2026) puedes solicitarlo en Renta Web:

  1. Entra en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, apartado Renta.
  2. Identifícate con Cl@ve, certificado o número de referencia.
  3. Elige «Obtener borrador» (o «Consulta y modificación de la declaración»).
  4. Comprueba el resultado provisional: a devolver, a ingresar o cero.

Una vía simplificada: la Agencia Tributaria ofrece, para situaciones sencillas, un servicio llamado Renta Directa, que permite confirmar la declaración de forma muy rápida (incluso desde el móvil) cuando los datos disponibles son suficientes y no hay que hacer modificaciones. Comprueba en la Sede si te corresponde.

Importante: el borrador no es definitivo. Eres tú quien responde de lo que presentas, así que tienes que revisarlo.

Paso 4. Revisa el borrador: qué mirar en cada apartado

Es el paso más importante. Este es el orden recomendado:

1. Datos personales y domicilio fiscal

  • Domicilio: el de tu residencia habitual a 31 de diciembre del ejercicio. Determina la comunidad autónoma cuya escala y deducciones se aplican. Si te mudaste de comunidad (por ejemplo, para estudiar o trabajar), comprueba que sea el correcto.
  • Estado civil y situación familiar.

2. Rendimientos del trabajo

  • Comprueba cada pagador: nombre o NIF, retribuciones íntegras y retenciones.
  • Si cambiaste de empresa o cobraste paro, verifica que estén todos.
  • Becas: las becas públicas para estudios reglados suelen estar exentas en ciertas condiciones; si el borrador las incluye como ingresos, revisa su tratamiento.

3. Rendimientos del ahorro e inversión

  • Intereses de cuentas y depósitos, dividendos, reembolsos de fondos: comprueba que aparezcan.
  • Si has tenido ganancias o pérdidas con acciones, ETF o criptomonedas que Hacienda no conozca, tendrás que añadirlas tú. Lo explicamos en nuestro artículo sobre los 10 conceptos de educación financiera.

4. Otros ingresos

  • Trabajos por cuenta propia, plataformas, alquileres de habitaciones: no suelen venir en el borrador; debes añadirlos.

5. Reducciones y deducciones

  • Aportaciones a planes de pensiones (reducción de la base imponible).
  • Deducción por rentas del trabajo bajas (para la renta 2025, hasta 340 €, con límites de ingresos).
  • Deducciones autonómicas: alquiler de vivienda habitual para jóvenes, estudios, nacimiento, etc., según tu comunidad. Detalles y ejemplos en nuestra guía de IRPF para jóvenes.

6. Datos bancarios

  • IBAN: debe ser una cuenta de la que seas titular. Un IBAN erróneo retrasa la devolución.

Paso 5. Si eres estudiante, estos puntos te interesan

Vives con tus padres y tienes ingresos. Un joven que gana más de cierta cantidad puede dejar de ser considerado «descendiente a cargo». En general, para que tus progenitores apliquen el mínimo por descendientes, tú debes ser menor de 25 años y no tener rentas anuales superiores a 8.000 € (sin contar las exentas), además de no presentar declaración con rentas superiores a 1.800 €. Si te acercas a ese límite, háblalo con tu familia, porque puede cambiar su retención y su declaración.

Becas y ayudas: las becas públicas de estudios reglados suelen estar exentas en determinadas condiciones; las ayudas de entidades privadas o las remuneraciones de prácticas pueden tributar. Revisa la naturaleza de cada una.

Prácticas y trabajos de verano: son rendimientos del trabajo. Con ingresos bajos, lo habitual es que tu impuesto real sea cero y te devuelvan lo retenido.

Alquiler: si vives de alquiler por estudios o trabajo y tu comunidad ofrece deducción autonómica para jóvenes, necesitarás contrato, justificantes de pago y NIF del propietario. Compruébalo con tiempo y guárdalo todo. Para planificar el alquiler en tu presupuesto, consulta nuestra guía del presupuesto mensual para un joven que vive de alquiler.

Paso 6. Elige cómo recibir la devolución o cómo pagar

El borrador te mostrará uno de estos tres resultados:

ResultadoQué significaQué debes hacer
A devolverTe retuvieron más de lo que correspondeIndicar tu IBAN y presentar
A ingresarTe retuvieron menos de lo que correspondeElegir cómo pagar
CeroRetención e impuesto coincidenPresentar si te conviene (por ejemplo, para dejar constancia)

Si sale a ingresar, tienes varias opciones de pago:

  • Domiciliación bancaria: el plazo para presentar con domiciliación terminó el 25 de junio en la campaña de 2026, algo antes que el final del plazo general.
  • Pago fraccionado: puedes dividir el pago en dos plazos (60 % al finalizar la campaña y 40 % en noviembre), sin intereses ni recargos.
  • Otros medios: tarjeta, transferencia, Bizum o carta de pago (documento de ingreso) en entidades colaboradoras.

Paso 7. Presenta y guarda el justificante

Cuando estés conforme con el borrador:

  1. Pulsa «Presentar» y confirma.
  2. Descarga el justificante de presentación con su código seguro de verificación (CSV).
  3. Guarda el justificante y la documentación de apoyo (al menos cuatro años), en una carpeta con copia de seguridad.

Plazos y asistencia: presentación por internet desde el 8 de abril hasta el 30 de junio; atención por teléfono con cita previa (en 2026, desde el 6 de mayo) y atención presencial en oficinas con cita previa (desde el 1 de junio). Pide cita con antelación, porque se agota.

Paso 8. Sigue tu devolución y corrige si te equivocas

  • Plazo: Hacienda dispone de seis meses desde el final del plazo de presentación para pagar la devolución. En una campaña que termina el 30 de junio, hasta el 31 de diciembre; si se supera, se abonan intereses de demora.
  • Seguimiento: puedes consultar el estado en la Sede Electrónica (servicio de consulta de la devolución).
  • Si te has equivocado, no pasa nada si actúas: si has declarado de menos, presentas una declaración complementaria; si te has dejado alguna retención o deducción, puedes pedir la rectificación de la autoliquidación, con un plazo general de cuatro años.
  • Si recibes una comunicación de Hacienda, léela y responde dentro del plazo: suele ser una petición de documentos.

Tres ejemplos para entenderlo

Son ilustrativos, con una escala conjunta de referencia y para un contribuyente soltero sin hijos.

Ejemplo 1: estudiante con un trabajo de verano

  • Ingresos: 4.000 € brutos de una empresa, durante tres meses.
  • Retención: el 2 % mínimo de los contratos de menos de un año: 80 €.
  • Impuesto real: cero (sus ingresos quedan dentro del mínimo personal y las reducciones).
  • Resultado: a devolver 80 €. Un solo pagador y menos de 22.000 €: no está obligado, pero le conviene presentar.

Ejemplo 2: primer empleo a partir de septiembre

  • Ingresos: contrato indefinido de 24.000 € brutos anuales a partir de septiembre: ese año cobra unos 8.000 €.
  • Retención: la empresa calcula la retención sobre la retribución anual prevista (24.000 €), de modo que aplica un tipo de en torno al 13-14 %: unos 1.100 € retenidos.
  • Impuesto real: como solo ha ganado 8.000 € en el año, su base es muy baja y su impuesto resulta cercano a cero.
  • Resultado: a devolver unos 1.100 €. Es el caso típico de quien empieza a mitad de año. No está obligado, pero le conviene mucho presentar.

Ejemplo 3: dos pagadores en el mismo año

  • Ingresos: 9.000 € de la empresa A (hasta junio) y 8.000 € de la empresa B (desde julio): total 17.000 €.
  • ¿Obligado? Sí: el segundo pagador supera 1.500 € y el total supera 15.876 €.
  • Resultado: puede salir a pagar o a devolver, según las retenciones de cada empresa; por eso hay que revisar el borrador con atención. Presentar a tiempo y, si sale a pagar, aprovechar la domiciliación o el pago fraccionado.

Siete errores frecuentes en la primera declaración

  1. No consultar los datos fiscales antes de confirmar y descubrir demasiado tarde que falta un pagador.
  2. Dejar el domicilio fiscal desactualizado, lo que aplica la comunidad equivocada y puede hacerte perder deducciones.
  3. Escribir mal el IBAN o poner uno de otra persona.
  4. Confirmar el borrador sin revisarlo. Es tu responsabilidad.
  5. Olvidar deducciones (alquiler, planes de pensiones) por no tener los justificantes a mano.
  6. Querer domiciliar el pago después del límite de domiciliación (en 2026, el 25 de junio).
  7. No guardar el justificante ni la documentación.

Calendario de referencia (campaña de la renta 2025)

Fecha (2026)Qué ocurre
MarzoDisponible la consulta de datos fiscales y la obtención del número de referencia
8 de abrilComienza la presentación por internet
29 de abrilSe puede pedir cita telefónica
6 de mayoComienza la atención telefónica
29 de mayoSe puede pedir cita presencial
1 de junioComienza la atención presencial en oficinas
25 de junioÚltimo día para presentar con resultado a ingresar y domiciliación
30 de junioFin del plazo de presentación
31 de diciembreFin del plazo de seis meses para pagar devoluciones presentadas dentro de plazo

Las fechas de las siguientes campañas se anuncian cada año: consulta el calendario del contribuyente en la web de la Agencia Tributaria.

Checklist: tu primera declaración

  • He decidido si estoy obligado o si me conviene presentarla
  • Tengo acceso (Cl@ve, certificado o número de referencia)
  • He consultado mis datos fiscales y coinciden con mis nóminas
  • He pedido el borrador en Renta Web
  • He revisado domicilio, situación familiar y pagadores
  • He añadido ingresos que no estaban (ahorro, actividades, cripto)
  • He revisado las deducciones y reducciones que me corresponden
  • He verificado que el IBAN es mio
  • He presentado y descargado el justificante
  • He guardado la documentación

Preguntas frecuentes

¿Cómo se hace la declaración de la renta por primera vez? Identifícate en la web de la Agencia Tributaria con Cl@ve, certificado o número de referencia, consulta tus datos fiscales, pide el borrador en Renta Web, revísalo, añade lo que falte y preséntalo.

¿Cuánto cuesta presentar la renta? Presentarla tú mismo es gratuito. Los gestores y asesores cobran según su tarifa, y la Agencia Tributaria ofrece asistencia gratuita con cita previa.

¿Cuánto tarda en llegar la devolución? Suele hacerlo en pocas semanas si todo es correcto, y Hacienda dispone como máximo de seis meses desde el final del plazo de presentación; pasado ese tiempo, deben abonarse intereses.

¿Qué pasa si no tengo números de referencia ni Cl@ve? Puedes obtener el número de referencia en la Sede Electrónica identificándote con tus datos y verificando algún dato adicional, o pedir cita con la atención telefónica o presencial.

¿Puedo hacer la renta de mis padres o de mi pareja? Solo con su autorización y siguiendo las vías oficiales de representación. No compartas sus claves personales; existen mecanismos oficiales para actuar en nombre de otra persona.

¿Puedo presentar la renta si ya ha pasado el plazo? Sí, fuera de plazo y por tu cuenta, con recargos si te sale a pagar. Si te sale a devolver, puedes reclamarla dentro del plazo de prescripción (con carácter general, cuatro años).

¿Qué hago si encuentro un error después de presentar? Si has declarado de menos, presenta una declaración complementaria. Si has declarado de más o te falta una deducción, solicita la rectificación de la autoliquidación en la Sede Electrónica.

Conclusión

La primera declaración de la renta impone por lo desconocido, no por su dificultad. Si sigues el orden, acceso, datos fiscales, borrador, revisión, presentación y seguimiento, en media hora lo tienes hecho, y a muchos estudiantes y jóvenes en su primer empleo les supone una devolución de cientos de euros. Lo importante es revisar el borrador y guardar los justificantes.

Este mes, haz una cosa: consigue tu acceso (Cl@ve o número de referencia) antes de que empiece la campaña, para que cuando se abra solo tengas que entrar y revisar.

Aviso: este contenido tiene fines educativos y no constituye asesoramiento fiscal personalizado. Las fechas, los servicios y los procedimientos corresponden a la campaña de la renta 2025 (2026) y pueden cambiar en cada campaña; los ejemplos son ilustrativos. Verifica siempre los datos vigentes en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria y en la web de tu comunidad autónoma, y ante dudas consulta a un gestor o asesor fiscal.

Última revisión: octubre de 2026 (renta 2025).

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